Se escribe ISPRM pero se lee “International Society of Physical and Rehabilitation Medicine”. Este fue el Congreso en el que ASA participó – junto al distribuidor local ItalMedica – presentando M8, el dispositivo robotizado de la familia MLS®.
A darse cita en el Palacio de Convenciones de Cartagena, sede de la conferencia, más de 1700 médicos provenientes de diferentes partes del mundo, con especial atención a los profesionales de América Central y del Sur (México, Colombia y Perú).
“El congreso – explica Karla Salazar, Area Manager ASA – goza de gran popularidad entre los profesionales, ya que incluye un apretado programa de conferencias y una zona de exposición en la que se muestran los últimos dispositivos médicos de diagnóstico y rehabilitación. Nuestro M8 ha recibido comentarios de sumo interés, sobre todo de fisiatras y médicos rehabilitadores, que son particularmente numerosos”.
En el espacio de exposición de ASA también hubo una generosa afluencia de profesionales que trabajan en los departamentos de fisioterapia y tratamiento del dolor de hospitales y clínicas de rehabilitación, así como de profesores e investigadores que, sensibles a las actividades de investigación de la empresa, representan una conexión válida entre el mundo universitario y los centros sanitarios locales públicos y privados.
La participación en la ISPRM también brindó al personal de ASA la oportunidad de organizar la primera reunión comercial con distribuidores latinoamericanos. El objetivo era doble: con los nuevos aliados, centrarse en la empresa y su oferta terapéutica, y con los fieles, compartir los resultados obtenidos en los últimos cinco años y definir colectivamente estrategias para aumentar los volúmenes en el año en curso y los siguientes.
“A través de una comparación de las actividades emprendidas por algunos aliados y de un debate abierto sobre cómo reforzar el posicionamiento de ASA en el mercado sudamericano, surgieron varias posibilidades de desarrollo que nos situarán a la vanguardia a corto y medio plazo. La confianza por parte de los aliados en la empresa era tangible, y apreciaban también la constante inversión en innovación destinada a mejorar la formación”, afirma Jessica Ash, Departamento Marketing ASA.
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Decreto Legislativo 24 febbraio 1997, n°46 Articolo 21
1. E' vietata la pubblicità verso il pubblico dei dispositivi che, secondo disposizioni adottate con decreto del Ministro della Sanità, possono essere venduti soltanto su prescrizione medica o essere impiegati eventualmente con l'assistenza di un medico o di altro professionista sanitario.
2. La pubblicità presso il pubblico dei dispositivi diversi da quelli di cui al comma 1 è soggetta ad autorizzazione del Ministero della Sanità. Sulle domande di autorizzazione esprime parere la Commissione di esperti prevista dall'articolo 6, comma 3, del decreto legislativo
30 dicembre 1992, n. 541, che a tal fine è integrata da un rappresentante del Dipartimento del Ministero della Sanità competente in materia di dispositivi medici e da uno del Ministero dell'Industria, del commercio e dell'artigianato.
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