En tiempos de Covid-19 hay un término nuevo que ha comenzado a ser parte del vocabulario de cada uno de nosotros y ha llevado a una revisión sustancial del estilo de vida y de trabajo: “distanciamiento social”.
Mantener al menos 1 metro entre una persona y la otra para así limitar la potencial difusión del virus no es solo una sugerencia o una buena práctica, sino una orden que ha impuesto nuevos métodos de acercamiento a todos los profesionales que hacen del contacto humano un “instrumento”.
Lo saben bien los fisioterapistas que, tocando el cuerpo, necesitan acercamiento. Una brecha operativa que se une a un componente psicológico: el miedo del paciente de ser contagiado justo por el acercamiento de una persona o por el contacto con la instrumentación.
Para superar este freno, tranquilizándolo, además de aplicar el abc en materia de limpieza y esterilización, el poder garantizar al paciente individual tratamientos que no implican el contacto físico intensivo y requieren solo la supervisión del operador es un verdadero plus.
Los dispositivos para fisioterapia y rehabilitación ASA van en esta dirección como lo confirma, por ejemplo, M6, dispositivo para Laserterapia MLS®. El movimiento de su cabezal robotizado es de hecho manejado mediante una avanzada interfaz usuario que requiere únicamente la supervisión del tratamiento por parte del terapista, realizado con seguridad, eficacia y autonomía. El posible riesgo de contaminación es además tenido bajo control por la ausencia de contacto entre el cabezal robotizado y el paciente. Principio similar califica también a Mphi5 gracias al aplicador multidiódico Charlie: el fisioterapista debe únicamente configurar los parámetros y verificar el desarrollo de la aplicación que se realiza con máxima seguridad y sin acercamiento.
“Operador-independiente” son finalmente los dispositivos para Magnetoterapia Easy Qs y PMT Qs, donde el factor seguridad es adicionalmente potenciado por la posibilidad para el paciente de recibir el tratamiento vestido.
El “distanciamiento social” puede por lo tanto no ser un límite si se utilizan soluciones terapéuticas confiadas a dispositivos pensados de modo de respetarlo y garantizarlo. Todo sin ir en detrimento de la eficacia de la sesión, teniendo siempre en cuenta la necesidad primaria de quien se somete: recuperar el bienestar y la mejor condición física.
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Decreto Legislativo 24 febbraio 1997, n°46 Articolo 21
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30 dicembre 1992, n. 541, che a tal fine è integrata da un rappresentante del Dipartimento del Ministero della Sanità competente in materia di dispositivi medici e da uno del Ministero dell'Industria, del commercio e dell'artigianato.
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