Se cierra en señal de la internacionalización y de la sostenibilidad el 2019 de ASA, caracterizado por una considerable performance de Centro y de Sudamérica – duplicada respecto al 2018 – y por un notable crecimiento del Lejano Oriente: +20%. El 75% de la actividad ha estado representado por el sector humano frente al 25% del veterinario, campo que está en progresiva consolidación.
Con el objetivo de desarrollar nuevos equipos y soluciones de cura que contribuyan al bienestar del paciente, humano y animal, ASA también en el año apenas finalizado ha continuado a invertir en Investigación con resultados dignos de mención como lo ha confirmado la “Customer Satisfaction 2019”: el 90% de los encuestados (clientes finales y distribuidores tanto italianos como extranjeros) han dado una calificación igual o superior a 7 en una escala del 1 al 10 tanto a la confiabilidad de los productos ASA, como a los resultados clínicos obtenidos.
Si el factor investigación es uno de los pilares de la empresa, paralelamente lo es la formación y los números hablan claro: más de 100 actividades de entrenamiento para el sector veterinario y otras tantas en ámbito humano en el mundo, junto a 1400 horas de cursos para los colaboradores internos sobre temas regulatorios de ingeniería técnica.
Particular atención se ha dedicado además en el 2019 a la gestión “Sostenible” del business, casándose con el compromiso del Grupo El.En., del cual forma parte desde 2003. Primeras evidencias de este enfoque ético son visibles en las opciones de diseño y construcción de la nueva sede empresarial y en la voluntad de poner en el centro el bienestar y la salud de las personas. A resaltarlo la disponibilidad de un DAE, desfibrilador semiautomático externo, donado por El.En. en ocasión de la inauguración del establecimiento. 4 dependientes han ya finalizado la formación de primeros auxilios que los llevó a registrarse en el Servicio de Urgencia Médica 118 territorial Región Veneto que pone también a disposición un mapa con geolocalización de los dispositivos para desfibrilación. Quien tiene una emergencia y se encuentra cerca de la empresa por lo tanto puede dirigirse para ser atendido.
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Decreto Legislativo 24 febbraio 1997, n°46 Articolo 21
1. E' vietata la pubblicità verso il pubblico dei dispositivi che, secondo disposizioni adottate con decreto del Ministro della Sanità, possono essere venduti soltanto su prescrizione medica o essere impiegati eventualmente con l'assistenza di un medico o di altro professionista sanitario.
2. La pubblicità presso il pubblico dei dispositivi diversi da quelli di cui al comma 1 è soggetta ad autorizzazione del Ministero della Sanità. Sulle domande di autorizzazione esprime parere la Commissione di esperti prevista dall'articolo 6, comma 3, del decreto legislativo
30 dicembre 1992, n. 541, che a tal fine è integrata da un rappresentante del Dipartimento del Ministero della Sanità competente in materia di dispositivi medici e da uno del Ministero dell'Industria, del commercio e dell'artigianato.
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